25.9.06

Documento y Conclusiones de la Jornada "Laicidad como marco para la Libertad"

Extraemos unos párrafos de las Conclusiones tras estas Jornadas, organizadas por la OSPC junto a la Secretaría de Política Municipal el pasado mes de junio:

Estas diferencias de trato en el ámbito de la educación, de la cultura y de la asistencia religiosa derivan, como es sabido, de la adopción en el año 79 de los Acuerdos de cooperación entre el Estado español y la Iglesia católica que, además de estar revestidos con el rango de tratados internacionales, crean un marco jurídico único y privilegiado para la Iglesia católica respecto del que sería adoptado años más tarde para las demás confesiones religiosas. Pero es, quizá, en el ámbito de la financiación de la Iglesia católica donde la vulneración de los principios constitucionales de igualdad y de laicidad se hace más flagrante.

Es importante tener en cuenta, además, que esta vía directa de financiación se destina casi exclusivamente a sufragar los sueldos y las cuotas de la seguridad social de sacerdotes y obispos, es decir, actividades religiosas en sentido estricto, hecho difícilmente conciliable con las exigencias del artículo 16.3 CE, el cual impide la confusión de los fines estatales con los religiosos.

Creemos que un modelo plenamente compatible con el marco constitucional sería el potenciar las donaciones de los fieles a favor de la Iglesia Católica incentivando la deducción fiscal de tales donaciones, y suprimir la financiación directa por medio de los Presupuestos Generales del Estado.

Es precisa la mentalización de los fieles acerca de su deber de sostener económicamente a la Iglesia por medio de sus donaciones. Si esta mentalización no se consigue, es previsible que el problema permanezca indefinidamente.

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